El Gobierno mete el corte de Red contra la “piratería”

Para ello, el texto prevé modificaciones en otros dos textos, la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) y la Ley de Servicios para la Sociedad de la Información (LSSI).

Se introduce la “salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual” entre las causas para restringir la prestación de servicios en el artículo 8 de la LSSI, un artículo que, por otro lado, exige que sólo la autoridad judicial competente podrá adoptar esta medida “en tanto garante del derecho a la libertad de expresión, del derecho de producción y creación literaria, artística, científica y técnica, la libertad de cátedra y el derecho de información”.

Además, se faculta al Ministerio de Cultura para “velar por la salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual frente a su vulneración por los responsables de los servicios de la sociedad de la información”.

Para ello, está prevista la creación de un órgano dentro del Ministerio a través de una disposición adicional en el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. Este órgano, llamado Comisión de Propiedad Intelectual, que tendrá funciones “de mediación y arbitraje y de salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual”.

El texto prevé que en cada proceso de mediación de esta comisión tengan derecho a estar presentes dos representantes de las entidades de gestión de derechos de autor y otros dos de las empresas de distribución por cable. El procedimiento de arbitraje, al que las partes podrán someterse voluntariamente, podrá dar solución a conflictos entre las entidades de gestión y asociaciones de usuarios o entidades de radiodifusión, y fijará una cantidad sustitutoria de compensación en su caso.

Identificación de prestadores de servicios

Además, el texto del anteproyecto de Ley de Economía Sostenible introduce otro punto en el artículo 8 de la LSSI en el que habilita a “los órganos competentes” la potestad de exigir a los operadores que identifiquen a aquellos “responsables” que estén realizando actividades presuntamente vulneradoras de los derechos de autor. “Los prestadores estarán obligados a facilitar los datos que dispongan”, afirma el texto.

El Gobierno ha insistido en los últimos tiempos en que las acciones para atajar el intercambio no autorizado de archivos no irán dirigidos contra quienes los descargan, sino contra aquellos que facilitan dichas descargas, es decir, contra páginas de enlaces, por ejemplo.

Varios procesos judiciales abiertos en España indican que el camino contra la llamada ‘piratería’ parece centrarse, precisamente, contra esos sitios web de enlaces a archivos P2P.

Extracto del post:  internautas

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December 1, 2009 • Posted in: Uncategorized

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