¿A favor o en contra del P2P en España?

El juicio de la SGAE contra una página web de enlaces ha desembocado en una sentencia que echa por tierra los argumentos esgrimidos por la entidad de derechos de autor. El juez no sólo absuelve al dueño del sitio, Jesús Guerra Calderón, sino que argumenta por qué el P2P no vulnera los derechos de propiedad intelectual.

Estas son las claves para comprender la sentencia y sus consecuencias más importantes:

¿En qué consiste el intercambio P2P?

El intercambio de archivos a través de redes de pares o ‘peer to peer’ se apoya en un sistema de transmisión directo de datos entre ordenadores en red sin necesidad de clientes ni servidores fijos. Es decir, cada ordenador de la red funciona a su vez como servidor, y por eso los intercambios se realizan entre iguales o pares.

Vía: elmundo

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March 14, 2010 • Posted in: Uncategorized

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